Ciudadanos propondrá en el próximo Pleno la creación de un Reglamento de Prestación sustitutoria de sanciones por servicio a la comunidad

22-07-2016/ C´s Crevillent

Ciudades como Bilbao, Málaga o Soria ya compensan las multas por trabajos sociales. Poniendo en marcha programas de concienciación, que sustituyen las multas a los jóvenes de hasta 200 euros, multas derivadas de comportamientos incívicos. Desde abril, las sanciones por hacer botellón, orinar en la calle, pintar en las paredes o provocar alteraciones leves del orden público pueden compensarse por trabajos que repercuten en beneficio de la comunidad.

El programa pretende mostrar a los jóvenes realidades muy diferentes a las suyas, como la de los mayores o la de los inmigrantes, y despertar su sentido de la madurez y la responsabilidad. Realizando actividades como la limpieza de colegios, acompañar a personas mayores, reparar los posibles desperfectos, etc.

Dentro del marco legal, en el Real Decreto 840/2011 (18 junio del 2011), en el capítulo I se expone el cumplimiento de la pena a través de la realización de trabajos en beneficio de la comunidad. Y en el artículo 139 de la actual Ley 7/1985 (2 de abril), se recoge la Regulación de las Bases de Régimen Local.

Con esta regulación, la Administración Local incorpora el objetivo perseguido, también por el Código Penal y la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor, que regulan la posibilidad de sustitución de las penas y medidas de reforma para actividades educativas y trabajos en beneficio de la comunidad. En el futuro, nuevas normas municipales pueden incorporar esta oportunidad en su articulado.

Es por ello, que el Ayuntamiento de Crevillent tiene la posibilidad legal de sustituir las sanciones pecuniarias impuestas en vía administrativa, por la ejecución o desarrollo de actividades socioeducativas o de trabajos en beneficio de la comunidad

Los beneficios que aportan este tipo de medidas, son importantes:

  • Tienen una innegable virtualidad educativa y pedagógica, favorable a la reeducación y reinserción social de la persona infractora.
  • La participación es voluntaria, lo que favorece la consecución de resultados positivos.
  • Se acerca el hecho cometido en la persona infractora, agudizando su sentido de responsabilidad, a enfrentarse directamente a las consecuencias de sus actos y el daño causado.
  • Permite a la persona infractora sentirse útil, al realizar conductas positivas que reducen el daño causado.
  • Facilita el aprendizaje de pautas de asertividad y potencia la empatía.
  • Decrece sustancialmente la reincidencia en infractores/as primarios/as, en comparación con los resultados obtenidos cuando se les aplica una sanción pecuniaria, que en los menores de edad sufragan los padres.
  • Se produce resarcimiento comunitario.

 

La implantación de esta iniciativa sirve a una finalidad educativa y social, que pretende generar en las personas sancionadas una mayor implicación en el cumplimiento de la norma, al tiempo que reportan a la comunidad, con su esfuerzo personal, los daños o perjuicios que pudieran haber ocasionado con su conducta infractora. Además de disminuir las consecuencias costosas que les pueda suponer el pago de una multa.

Se trata de que comprendan, especialmente cuando se trata de menores, que la colectividad ha sufrido de modo injustificado unas consecuencias negativas derivadas de su conducta, que entiendan y asimilen que actuaron de manera incorrecta, que merece el reproche de la sociedad y que la prestación que se les exige es un acto de reparación justo, buscando siempre una conexión entre el hecho cometido y la actividad a realizar.

Por todo ello, pediremos en el Pleno el apoyo de todos los grupos políticos, todos tenemos y debemos aunar fuerzas para que los jóvenes del municipio puedan a través de este Reglamento redirigir la conducta, por su propio bien y el de toda la comunidad.

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