El Partido Popular presentará en pleno una moción solicitando  la reprobación de los concejales de l´Esquerra

 

Crevillent ( 25/01/2018).- El Grupo Municipal del Partido Popular ha registrado una moción para que sea debatida en el Pleno ordinario del mes de enero.

Según la Portavoz del Partido Popular, Loreto Mallol, esta moción tiene como único punto, reprobar la actitud de los concejales de L´Esquerra del Ayuntamiento de Crevillent, Josep Candela y Ana Vanesa Mas, que teniendo toda la documentación necesaria a su disposición sobre el contrato de Abornasa, documentación que ha servido para que la juez archivara la querella, han seguido apoyándola, con todo tipo de declaraciones e impulsando una moción de reprobación contra el Alcalde, negando en todo momento la presunción de inocencia.

El Partido Popular recuerda que el 4 de enero el Juzgado de Instrucción Nº 4 de Elche dictó un Auto por el que disponía archivar la querella presentada por el Observatorio de la Ciudadanía contra la Corrupción  contra César Augusto Asencio,  en el que se le acusaba de prevaricar y actuar contra los recursos naturales y el medio ambiente.

En el Auto se recoge que esta querella procede de la denuncia presentada ante la Fiscalía Anticorrupción en enero de 2014 por los entonces concejales de EU-ERPV Daniel Galvany Quesada y Vicent Selva Belén.

Lo que desde el Partido Popular lamentamos y por ello pedimos la reprobación de los concejales de L´Esquerra, Josep Candela y Ana Vanesa Mas, es que teniendo a su disposición toda la documentación en el Ayuntamiento, la misma que llevó el Alcalde a la juez, no hayan hecho caso de los documentos, continuando su  apoyo a la querella, sin respetar la presunción de inocencia y además,  presentar una moción de reprobación del alcalde sin conocer la sentencia de la juez” .

Según Mallol, han preferido tratar de dañar la imagen del Alcalde y del Partido Popular sin esperar a la sentencia que archiva la querella y sin disculparse por su forma de actuar una vez conocida.

En el Auto la juez resuelve que no ha habido prevaricación, ni daño al medio ambiente, ni a los recursos naturales, tratándose de una denuncia  en la que los querellantes faltan a la verdad en varias ocasiones.

Precisamente es la juez la que indica que en la querella se ha faltado a hasta en cuatro ocasiones, destacando la frase que dice “faltando a la verdad de forma torticera” cuando los querellantes afirman que se modificó y amplió el contrato sin los trámites administrativos necesarios. También se recoge que se falta a la verdad cuando se decía que la empresa estaba en suelo protegido o que se omite un informe de un técnico municipal en el que se decía que la empresa tenía autorización provisional.

Es más,  la juez recoge que las notas de objeción del ex–interventor  se producen cuando el Alcalde le deniega el teletrabajo, es decir, realizar parte de la jornada laboral desde su casa. En ese momento, cambió de criterio y del que había seguido el anterior interventor.

Por tanto, señala la Portavoz del PP,  ni hubo prevaricación,  ni se atentó contra los recursos naturales,  ni se actuó contra el medio ambiente.

Con anterioridad a esta sentencia hay otra de octubre de 2017, es decir tres meses antes a esta, en la que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana determina que la adjudicación del contrato cumplía la normativa vigente y que no se encontraba en suelo protegido.

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