Proindiviso: ¿Una solución o un problema?

En principio la definición que aporta la Real Academia de la Lengua (RAE) en su primera acepción es: “adj. Der. Dicho de los caudales o de las cosas singulares: Que están en comunidad, sin dividir”.

Parece que, en primera instancia, y desde el punto de vista de la posible solución a un problema, de dicha definición se desprende que algo, por ejemplo un inmueble, se encuentra protegido frente a posibles ventas de una parte o de alguno de sus legítimos dueños, frente a lo que otra parte desea. No cabe duda que la decisión que en su día se estimó para que dicho inmueble o cosa se registrara con la figura de proindiviso, tiene mucho que ver con el objeto u objetivo de dicha cosa o inmueble. En efecto, siguiendo con el ejemplo del inmueble, dicha propiedad se adquirió para ser la sede de algo y se escrituró en proindiviso, quiere decir que hasta que la mayoría no decida lo contrario, dicho inmueble seguirá en proindiviso para continuar ejerciendo el objetivo por el que fue adquirido. Cabe resaltar que los proindivisos, con cierta asiduidad, se encuentran en las herencias y divorcios. Queda claro pues que este sistema parece adecuado para salvaguardar, por la mayoría, el objetivo planteado a la hora de comprar esa cosa o ese inmueble.

Por otro lado, pudiera darse el caso de que una parte de los poseedores de dicho proindiviso, necesitara, creyera, decidiera o por cualquier otra circunstancia, quisiera vender su parte o el total a otro comprador, y siempre que no existiera mayoría o unanimidad en la venta del proindiviso, se genera un problema. Problema que puede aparecer, además, si alguno de los dueños soporta un embargo por otra entidad o persona. Es éste un caso de difícil solución.

En otro orden de cosas, el Código Civil contempla lo referente a la propiedad común en el Libro II, Título III. El artículo 400 del Código Civil establece que “Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad”, es decir, cada copropietario podrá en cualquier momento solicitar que se divida la cosa común, siempre y cuando esto no la vuelva inservible para el uso al que está destinada.

Por todo ello, si usted está decidido a disolver el proindiviso, , existen empresas que pueden aportar alguna solución al problema. Es el caso de «Compramos tu proindiviso» empresa que tramita la disolución del proindiviso y compra la parte de la posesión, local, piso o casi cualquier propiedad. Estas acciones se realizan conforme a ley realizándose el proceso ante de un notario sin necesidad de autorización de las otras partes propietarias.

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