Crevillent (17/4/2012).- El Ayuntamiento de Crevillent ha elaborado una ordenanza para regular la limpieza viaria y recogida de residuos urbanos, iniciando el expediente para su aprobación con carácter provisional por el Pleno. Posteriormente habrá de plazo un mes para realizar alegaciones o mejoras antes de su aprobación definitiva.
La Ordenanza, según la portavoz Loreto Mallol, determinará las responsabilidades, tanto del Ayuntamiento, como de los ciudadanos, en la optimización de los resultados de la limpieza viaria, así como la gestión de los residuos urbanos, propiciando la participación y colaboración ciudadana, y el compromiso entre los ciudadanos y la Administración Local. Con esta nueva Ordenanza lo que se pretende es aunar los esfuerzos de Ayuntamiento y vecinos para contribuir a mantener la limpieza de nuestro municipio, evitando por ejemplo, la pegada indiscriminada de carteles y pegatinas que afean las fachadas de edificios y el mobiliario urbano, regulando el reparto de octavillas que luego van al suelo y ensucian, prohibiendo las pintadas y grafitis, regulando la instalación de contenedores para las obras y otros muchos aspectos que se recogen en la Ordenanza.
Mallol indica que “ queremos evitar todo aquello que ensucie Crevillent y las conductas incívicas de determinadas personas porque la propia Constitución Española, en su artículo 45, proclama el derecho que tenemos los vecinos a disfrutar de un medio ambiente adecuado y al mismo tiempo, el deber que tenemos de conservarlo, así como la obligación de los poderes públicos de proteger y mejorar la calidad de vida de las personas y de defender y restaurar el medio ambiente”. Para todo ello, hace falta que exista una solidaridad colectiva, solidaridad que viene recogida en la Ordenanza que ahora inicia los trámites para su aprobación.
La Ordenanza se divide en 8 títulos, además del Preámbulo, que son los siguientes:
1- Disposiciones generales.
2- Limpieza de la vía pública. En este título, Loreto Mallol, destaca los capítulos dedicados a la suciedad de la vía pública por obras, por la tenencia de animales, por el abandono de enseres, muebles y electrodomésticos sin haber solicitado el servicio especial de recogida o la limpieza, vallado y mantenimiento de terrenos y solares.
3- Limpieza de la ciudad respecto al uso común especial y privativo y de las manifestaciones públicas en la calle. La Portavoz popular, quiere hacer especial hincapié en este título que se refiere a la colocación de carteles y pancartas en la vía pública y a la distribución de octavillas que deberán tener la correspondiente autorización municipal y la obligación de su retirada. Así mismo, en este capítulo, señala Mallol, se prohíbe la realización de toda clase de pintadas en cualquier lugar de la vía pública, en vegetación, suelo y cualquier tipo de mobiliario o instalaciones urbanas.
4- Recogida de residuos urbanos y municipales. Aquí se incluye la recogida mediante contenedores, la recogida selectiva, la recogida de muebles y enseres inservibles y el uso del Ecoparque.
5- Gestión de residuos de obras y escombros. En este apartado se regulan las condiciones para la utilización de contenedores de residuos.
6- Recogida y transporte de los residuos industriales y especiales.
7- Tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos, industriales y especiales.
8- Régimen sancionador. Para garantizar la correcta aplicación de esta Ordenanza se incorpora un régimen sancionador, que posibilita la tipificación de las infracciones y sanciones.
Este título establece que las personas que incurran en responsabilidades derivadas del incumplimiento de las normas contenidas en la Ordenanza podrán ser sancionadas, previa instrucción del procedimiento legalmente establecido.
Para finalizar, Loreto Mallol, indica que la propia Ordenanza recoge los dos objetivos que pretende cumplir y que son:
– Establecer las obligaciones de los habitantes de Crevillent de colaborar en que las calles, plazas, parques y demás espacios públicos, permanezcan limpios, mediante una mayor concienciación y colaboración ciudadanas, fijándose una serie de normas de comportamiento mínimas que deberán ser cumplidas como precepto de convivencia.
– Establecer las obligaciones del ayuntamiento, quien tiene que dotar al municipio de los medios materiales necesarios para que se puedan aplicar las previsiones de la nueva Ordenanza, al mismo tiempo que ejerce el papel de garante de su cumplimiento y de defensa de la salud pública y del medio ambiente.