Crevillent ( 9/1/2013).- El Grupo Municipal del Partido Popular se ratifica y muestra su satisfacción por la decisión adoptada en solitario, pues los tres grupos de la oposición se abstuvieron en el pleno ordinario del 25 de septiembre de 2012, de desistir en el Recurso de Casación interpuesto ante el Tribunal Supremo, contra una sentencia que anulaba el cobro de tasas por la utilización del dominio público local a una empresa explotadora del servicio de telefonía móvil.
La Portavoz Popular Loreto Mallol explica que la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local, a favor de empresas explotadoras o prestadoras del servicio de telefonía móvil, se reguló a raíz de sentencias que eran favorables al cobro de las tasas, pero una vez se vio que jurídicamente era inviable, como estaban ratificando los tribunales, ya no tenía ningún sentido seguir con el recurso de casación, pues no iba a tener éxito e iba a suponer el gasto del abogado y del procurador . Por este motivo, se presentó al pleno el desistimiento del recurso para su aprobación. El PP votó a favor de no continuar ni con este recurso ni con otros y la oposición se abstuvo.
“Una vez más, indica Mallol, el tiempo nos da la razón e hicimos bien cuando en el Pleno de septiembre de 2012 aprobamos, con la abstención de la oposición, no seguir adelante con el recurso de casación que habíamos presentado ante el Supremo contra la sentencia que daba la razón a las compañías de telefonía móvil de no poder cobrarles tasas por usar el espacio público local. Hicimos bien porque el Tribunal Supremo está fallando en contra de todos los ayuntamientos que decidieron seguir adelante con los recursos. Esto ha supuesto un ahorro al no tener que pagar ni abogados ni procuradores para seguir adelante con algo que sabíamos que iba a ser imposible ganar tras conocer algunas sentencias que daban la razón a las compañías de telefonía siguiendo la normativa europea.
Según Mallol, haber seguido adelante con este recurso y con otros que se tenía previsto preparar, puesto que había que presentar un recurso por cada compañía telefónica, hubiera supuesto un gasto innecesario para el Ayuntamiento ya que el Supremo está fallando en contra de todos los ayuntamientos que decidieron seguir adelante con los recursos.
Todas las Ordenanzas aprobadas por los diferentes ayuntamientos tenían una redacción muy similar y pretendían aprobar unas tasas por ocupación del espacio público local a las empresas explotadoras o prestadoras del servicio de telefonía móvil, tras la bajada de la utilización de la telefonía fija y las empresas afectadas las recurrieron en masa.
Las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo se basan en una resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y de momento ya las han recibido 24 de los muchos municipios alicantinos que decidieron seguir con los recursos.