Las ayudas al alquiler de viviendas 2017 finaliza el próximo lunes 5 de junio inclusive

EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA INFORMA: Las ayudas al alquiler de viviendas 2017 finaliza el próximo lunes 5 de junio inclusive
Crevillent, (01/06/2017).- El plazo para la solicitud de ayudas al alquiler de viviendas 2017 finalizará el próximo día 5 de junio, para todas aquellas personas físicas mayores de edad que no hayan solicitado y reúnan todos y cada uno de los requisitos siguientes:

  1. a) Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda, formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en calidad de persona arrendataria, con duración mínima de un año, con mención expresa de la referencia catastral de la vivienda y cuyo pago del alquiler se realice a través de entidad financiera. 
    b) Que la vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria.
    c) Que los ingresos de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, en adelante ingresos de la unidad de convivencia, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento, sean, en conjunto, inferiores al límite máximo de ingresos que da acceso a la ayuda, establecido en la base Tercera.
    d) Que la vivienda objeto del contrato de arrendamiento lo sea por una renta igual o inferior a los límites establecidos, en función de la localidad de emplazamiento de la vivienda, en la base Cuarta.

Todavía están a tiempo a realizar dicha solicitud.

El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día 4 de mayo de 2017 hasta el 5 de junio de 2017, ambos inclusive.

¿Dónde dirigirse?

  • Presencial

Los formularios de solicitud e impresos asociados estarán disponibles para cumplimentarlos utilizando los medios telemáticos accesibles desde cualquier dispositivo con acceso a Internet a través de la siguiente dirección: 

http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18582&version=amp

Los solicitantes que no utilicen certificado digital deberán imprimir el justificante de entrega junto con la solicitud cumplimentada por el formulario electrónico y firmada por el solicitante, y la documentación anexa, se presentarán por registro de entrada, en los lugares establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y preferentemente:

¾     REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO – ALICANTE
AVDA. AGUILERA, 1
03007 Alacant/Alicante 
Tel: 012

  • Por internet

¾     Tramitar sin certificado electrónico: 
https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=VIV_AYUALQVIV&version=1&login=a&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=18582

¾     Tramitar con certificado electrónico: 
https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=VIV_AYUALQVIVCF&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=18582

 

GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA

PSOE Crevillent

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